El TAS impone una dura sanción para Andrea Iannone, con cuatro años de de inhabilitación en el mundial de motociclismo.
El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) ha anunciado su decisión de sancionar con cuatro años de inhabilitación al piloto italiano en el procedimiento de arbitraje y apelación entre el piloto, la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) y la Federación Internacional de Motociclismo (FIM).
Andrea Iannone y la AMA presentaron sus apelaciones por separado al TAS, después de la decisión tomada por el tribunal disciplinario de la FIM el 31 de marzo de 2020. En el que se encontró que Iannone se había saltado las normas antidopaje (ADRV) (por la presencia de Drostanolona, un esteroide anabólico presente en la lista de sustancias prohibidas de la AMA en 2019), por lo que se le impuso una sanción de 18 meses, que finalmente se ha alargado con una durísima inhabilitación de 4 años sin competir, lo que supondría su fin de carrera.
Finalmente, el Panel del CAS rechazó la apelación presentada por Andrea Iannone y confirmó la apelación presentada por la AMA. En consecuencia, la decisión del Tribunal Disciplinario Internacional de la FIM, establece que el piloto italiano, sea sancionado con la inhabilitación por cuatro años, a partir de 17 de diciembre de 2019 y que todos sus resultados deportivos desde el 1 de noviembre de 2019 inclusive hasta el comienzo de su suspensión, sean anulados, incluyendo la confiscación de cualquier medalla, puntos y premios.
Toda esta sanción viene desde el Gran Premio de Malasia, el 3 de noviembre de 2019, en el que el piloto italiano se sometió a un control antidopaje pertinente, donde se encontró presencia de «drostanolona». Algo que, tras un procedimiento disciplinario interno, la Corte Disciplinaria Internacional de la FIM decidió el 31 de marzo de 2020 que se suspendiera durante 18 meses a partir del 17 de diciembre de 2019.
El piloto de Aprilia, mantiene que la fuente de la sustancia prohibida era la carne contaminada que había ingerido en esas fechas en Malasia y que, en consecuencia, debía ser absuelto y la decisión anulada. Pero, la AMA, por otra parte, solicitó una sanción por cuatro años al considerar que Andrea Iannone no había logrado establecer de manera suficiente el origen de la ingestión de la sustancia prohibida.
Por su parte, el TAS ha considerado que el piloto no ha establecido ni el tipo preciso de carne que había consumido ni el origen de dicha carne, y que sus expertos tampoco fueron capaces de establecer específicamente que hubiese un problema de contaminación de la carne por «drostanolona» en Malasia.
El piloto italiano protestó ante el TAS reclamando su inocencia, solicitando que se limpiase su historial deportivo por la supuesta falta de intención de drogarse, unos factores que fueron considerados insuficientes para establecer, que el dopaje de Andrea Iannone no fuera intencionado, en cuyo caso habría sido de dos años como máximo.
La decisión del TAS anula la decisión emitida por la Corte Disciplinaria Internacional de la FIM de fecha 31 de marzo de 2020 e impone un período de cuatro años de sanción a Andrea Iannone, por lo que supondría el fin de su carrera deportiva.
Comunicado oficial del caso de Iannone
«Andrea Iannone y la AMA presentaron sus apelaciones por separado al TAS contra la decisión tomada por el tribunal disciplinario de la FIM de fecha 31 de marzo de 2020 en el que se encontró a Andrea Iannone culpable de la violación de las normas antidopaje (ADRV) (por la presencia de Drostanolona, un esteroide anabólico presente en la lista de sustancias prohibidas de la AMA en 2019) y se le impuso un período de inhabilitación de 18 meses.
El Panel del TAS rechazó la apelación presentada por Andrea Iannone y confirmó la apelación presentada por la AMA. En consecuencia, la decisión del Tribunal Disciplinario Internacional de la FIM establece que Andrea Iannone sea sancionado con la inhabilitación por cuatro años, a partir de 17 de diciembre de 2019 y que todos sus resultados deportivos desde el 1 de noviembre de 2019 inclusive hasta el comienzo de su suspensión, sean anulados, incluyendo la confiscación de cualquier medalla, puntos y premios.
El 3 de noviembre de 2019, con motivo del GP de Malasia en el circuito de Sepang, Andrea Iannone se sometió a un control antidopaje que reveló la presencia de Drostanolona y tras un procedimiento disciplinario interno, la Corte Disciplinaria Internacional de la FIM decidió el 31 de marzo de 2020 que se suspendiera durante 18 meses a partir del 17 de diciembre de 2019.
Iannone afirmó que la fuente de la sustancia prohibida era la carne contaminada que había ingerido en esas fechas en Malasia y que, en consecuencia, debía ser absuelto y la decisión anulada.
La AMA, por otra parte, solicitó una sanción por cuatro años al considerar que Andrea Iannone no había logrado establecer de manera suficiente el origen de la ingestión de la sustancia prohibida.
Por su parte, el TAS ha considerado que Andrea Iannone no ha establecido ni el tipo preciso de carne que había consumido ni el origen de dicha carne, y que sus expertos tampoco fueron capaces de establecer específicamente que hubiese un problema de contaminación de la carne por drostanolona en Malasia.
El piloto italiano protestó ante el TAS reclamando su inocencia, solicitando que se limpiase su historial deportivo por la supuesta falta de intención de drogarse, unos factores que fueron considerados insuficientes para establecer, que el dopaje de Andrea Iannone no fuera intencionado, en cuyo caso habría sido de dos años como máximo.
Así, la decisión del TAS anula la decisión emitida por la Corte Disciplinaria Internacional de la FIM de fecha 31 de marzo de 2020 e impone un período de cuatro años de sanción a Andrea Iannone«.