medidas de tráfico

El Gobierno ha aprobado nuevas medidas de tráfico para motoristas y así mejorar la seguridad en todas las vías.

Estas nuevas medidas de tráfico, se han tomado a consecuencia de conseguir el objetivo marcado por la Organización Mundial de la Salud (OMS), de rebajar un 50% los fallecidos y heridos graves, en un intervalo de 10 años.

Las cifras del año pasado, son muy elevadas, siendo el mayor número de fallecidos desde el 2010. Según datos de la DGT, 2019 finalizó con 466 motoristas fallecidos, un 11% más que el año anterior. Especialmente preocupante es el incremento de los accidentes con motoristas en vías interurbanas, que provocaron uno de cada cuatro personas fallecidas (318 en 2019 frente 276 en 2018). En vías urbanas, los usuarios vulnerables representaron el 82% del total de fallecidos, con 148 motoristas entre las víctimas.

Las nuevas medidas de tráfico se irán poniendo en marcha a partir de enero de 2021 y afectan a la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, al Reglamento General de Circulación, de Vehículos y de Conductores.

¿Cuáles son estas medidas?

Aumento de castigo por no usar casco.

Ponerte correctamente el casco te puede salvar la vida, es un elemento esencial en la seguridad del motorista por lo que la DGT, en base a estas nuevas medidas de tráfico, ha decidido aumentar el castigo para quien no lo use. Se eleva de tres a cuatro puntos la retirada de puntos para quien no lo lleve puesto. Además, las nuevas medidas de tráfico incorporan explícitamente como causa de sanción su mal uso, por ejemplo, llevar el casco puesto pero no abrochado, o incluso modificar la estética de serie del casco, así como poner una cámara.

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No se podrá rebasar en 20 km/h los límites de velocidad en carreteras convencionales

Otra novedad es que ya no se podrá rebasar en 20 km/h los límites de velocidad en las carreteras convencionales para adelantar a otros vehículos.

Además, se endurece el castigo por conducir sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil, pasando de tres a seis puntos de retirada en el carnet.

Habrá sanción por llevar detectores de radar

También, en las nuevas medidas de tráfico, se tipifica como infracción grave llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares o cinemómetros. En ese caso la sanción será de 500 euros y conllevará la pérdida de tres puntos en el carnet. Ahora solo se sanciona el uso de estos dispositivos durante la conducción.

Los conductores, podrán recuperar dos puntos del carnet de conducir, si realizan un curso de conducción segura certificado por la DGT. Para poner en marcha esta medida se redactará una orden ministerial donde se detallen los requisitos y condiciones.

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Curso de conducción para recuperar dos puntos.

El anteproyecto de ley que reforma el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, introduce una nueva infracción muy grave si se comete fraude en los exámenes de conducir por utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados. La sanción será de 500 euros y penalización de seis meses sin poder presentarse al examen.

Novedades en el permiso de conducir de moto

En las nuevas medidas de tráfico, para obtener el permiso de conducir de moto también hay novedades. En el Reglamento General de Conductores se incorpora la especificación de los equipos de protección obligatorios que tienen que llevar los aspirantes en las pruebas de destreza y de circulación para la obtener de los permisos de moto. Entre estos cambios previstos los más relevantes son:

Asistencia obligatoria a las clases teóricas con certificación documental.

Incorporación de elementos audiovisuales a los exámenes.

Reducción del margen de errores del 20% al 10%.

Plazo obligatorio de 15 días y 5 clases prácticas más antes de volver a examinarse. En caso de

segundo suspenso, el plazo se aumentará a 30 días.

Los aspirantes con problemas auditivos podrán usar GPS en la prueba de circulación.

Habrá que acudir al examen en circuito cerrado también perfectamente equipado con ropa técnica motociclista y calzado adecuado para uso motero.

Reducción de velocidad en vías urbanas

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Velocidad de 20 km/h en vías urbanas con un único carril

Con el objetivo puesto en los usuarios más vulnerables, entre los que se encuentran los motoristas, el Reglamento General de Circulación introduce medidas de tráfico para calmar el tráfico urbano.

– Se reduce la velocidad máxima de 50 a 30 km/h en aquellas vías con un único carril por sentido de circulación.

– En las vías con una plataforma única de calzada y acera, el límite de velocidad será de 20 km/h.

– En las calles de dos o más carriles por sentido de circulación, el límite no cambia y se mantiene en 50 km/h. 

 

 

 

Por Daniel Simón González

Periodista y amante de las motos 😍 Propietario y redactor de Gripriders.com

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